Con motivo del anuncio de firma
de la encomienda del Ministerio de Justicia con el Colegio de Notarios para que
éstos puedan realizar las juras de nacionalidad española, el Ministerio ha
colgado en su página web el estado del Plan Intensivo de
Tramitación de Expedientes de nacionalidad por residencia a 1 de abril de 2013,
ofreciendo cifras sobre lo que a su juicio supone un éxito incuestionable del
Plan y subliminalmente justifica que se pueda atribuir a los Registradores de
la Propiedad la llevanza de todo el Registro civil, prevista en el Anteproyecto
de Ley de Reforma Integral de los Registros, negociado por el propio Colegio de
Registradores de la Propiedad,
El Colegio de Registradores de
la Propiedad se presenta a sí mismo en sus publicaciones como el gran salvador
del problema de las nacionalizaciones en España (del que hace un año ni sabían
que existía), presenta cifras incuestionables sobre el número de expedientes
digitalizados (es decir, escaneados), resueltos, denegados o con requerimientos
para trámites, y se ofrece de forma desinteresada para hacerse cargo de todo el
Registro Civil en aras de la modernidad. Para el Ministerio de Justicia todo es
cuestión de números: tenía atascados 425.000 expedientes de nacionalidad en sus
despachos a junio de 2012, debido al fuerte incremento de población extranjera
en España durante los últimos 10 años, la
mala gestión del Ministerio que prefirió gastarse el dinero en la implantación
de la fallida Nueva Oficina Judicial en vez de solucionar los problemas reales
de la Administración de Justicia y la práctica paralización de la resolución de
los expedientes de nacionalidad desde que Gallardón llegó al Ministerio de
Justicia; hasta el 1.4.2013 los Registradores de la Propiedad han resuelto el
47,4 % de los expedientes pendientes, lo que les ha supuesto un gran alivio
para los gestores del Ministerio de Justicia.
No hay duda que los miles de
extranjeros ahora nacionalizados españoles que gracias al Plan Intensivo de Tramitación de
Expedientes de nacionalidad por residencia han obtenido ya la nacionalidad española a la que
tenían derecho, y que sin dicho plan ( y con un Ministerio de Justicia
funcionando correctamente) se hubiera demorado al menos un año más, estarán
sumamente agradecidos al Ministerio de Justicia y al Colegio de Registradores
por la firma de la encomienda de gestión. Ni tampoco hay duda que el Plan ha
conseguido agilizar la resolución de los expedientes de nacionalidad por el
Ministerio de Justicia, auténtico agujero negro desde hace más de 15 años en
materia registral por falta de medios personales para su resolución.
Pero no todo es tan idílico
ni la gestión tan maravillosa como pintan desde el Ministerio de Justicia y el
Colegio de Registradores de la Propiedad, los cuales por cierto no tienen
que tratar con ninguno de los ciudadanos extranjeros que están sufriendo las
consecuencias de los problemas derivados del Plan, y frente a los cuales los
funcionarios y funcionarias de los Registros civiles están dando la cara todos
los días. Ya no sólo se ha incrementado sustancialmente el número de
resoluciones denegatorias de concesión de la nacionalidad, sino que además, a título
de ejemplo, estas son algunos de los problemas con que nos estamos encontrando
los Registros Civiles como consecuencia del Plan, y frente a los cuales a sus
funcionarios les toca dar la cara:
-
Solicitudes
presentadas en el año 2010 sin resolver mientras que ya se han resuelto
solicitudes presentadas en el año 2012.
-
Expedientes
remitidos telemáticamente a Registros distintos de dónde se tramitaron, sin que
se remitan al Registro civil de tramitación no obstante su requerimiento, lo
que imposibilita su notificación y práctica de inscripción de nacimiento y
nacionalidad
-
Certificados
de nacimiento incorrectamente escaneados que impiden la inscripción de
nacimiento de la persona nacionalizada española.
-
Hermanos
o cónyuges que solicitaron la nacionalidad española el mismo día: a uno se la
conceden, al otro le requieren documentación adicional cuando había aportado la
misma que el anterior o no le contestan
-
Multitud
de requerimientos para que se aporten documentos ya correctamente aportado
-
Requerimientos
para que se aporten certificados inexistentes en el país de origen (certificado
de movimientos migratorios)
-
Denegaciones
de nacionalidad por existencia de antecedentes penales por delito cometidos
hace muchos años, cuando la pena está completamente cumplida y carece de otros
antecedentes.
-
Requerimientos
de diligencias penales de causas muy antiguas respecto de las cuales aparece en
los antecedentes policiales alguna incidencia (requerimiento de busca y
personación, etc), sin que tenga el solicitante antecedentes penales.
-
Certificados
de nacimiento de hijos menores de edad aportados en los expedientes y que no se
devuelven para el ejercicio de opción de la opción de nacionalidad.
-
Práctica
paralización de la resolución de los expedientes de nacionalidad desde mediados
de marzo.
Muchos, si no todos de estos
problemas, no habrían ocurrido si en vez de ser los Registradores de la
Propiedad los que revisen los expedientes de nacionalidad y hagan las
propuestas de resolución al Ministerio de Justicia se hubiese realizado la
encomienda a los propios Jueces Encargados que han tramitado los expedientes de
nacionalidad.
Hubiera bastado para ello con la devolución de los expedientes al Registro
Civil de origen, poner a su disposición la aplicación informática que se está
usando para la resolución de los expedientes de nacionalidad y que fuesen los
Jueces Encargados, tal y como ya hacen en papel al finalizar la fase de
instrucción del expediente, quienes emitiesen el documento electrónico de
propuesta de resolución al Ministerio de Justicia, tal y como están haciendo
los Registradores de la Propiedad. De esta forma el expediente seguiría en el
Registro Civil donde se tramitó el expediente con lo que desaparecerían todos
los problemas de documentación que no se devuelve, guardaríamos un riguroso
orden en la resolución de los expedientes, no habría remisión de expedientes a
Registros equivocados, las opciones de nacionalidad derivadas de las
concesiones se harían con normalidad, se habrían ahorrado costes de formación
de personal, etc.
En cuanto a los criterios para
hacer la propuesta de resolución del expediente de nacionalidad, durante años
los Registros Civiles hemos tenido que “adivinar” los criterios que tenía el
Ministerio de Justicia para conceder o denegar las solicitudes de nacionalidad
española o para requerir de nuevos trámites en dichos Expedientes. El
Ministerio de Justicia no ha tenido, sin embargo, ningún problema en facilitar
al Colegio de Registradores de la Propiedad una Guía de Tramitación de
Expedientes de Nacionalidad por Residencia, que contiene pormenorizadamente los
criterios y documentación que hay que revisar (algunos erróneos) para resolver
los expedientes de nacionalidad. Sin duda alguna, si el Ministerio hubiese
remitido dicha Guía a los Jueces Encargados de los Registros Civiles, éstos
están mucho mejor capacitados para resolver los expedientes de nacionalidad que
los Registradores de la Propiedad, a cuyo personal ha habido que formar
aprisa y corriendo para poder llevarse a cabo el Plan del Ministerio de
Justicia. No sólo estamos más familiarizados con la documentación a presentar,
sino que sobre todo es el Registro Civil dónde se realiza al ciudadano
extranjero el examen sobre su integración en la sociedad española y
conocimiento de idioma español.
Pero ello hubiera impedido al
Colegio de Registradores de la Propiedad colgarse la medalla de la resolución
del atasco de los expedientes de nacionalidad, y sobre todo, autopostularse
para, en aras de la modernidad, y con tan buenos infiltrados en la
Administración Central (Presidente de Gobierno, familiares de éste y del
Ministro de Justicia, el Sr. Director y el Sr. Subdirector General de los
Registros y del Notariado), quedarse con la llevanza del Registro Civil. Y eso,
Sr. Gallardón, no será modernidad, sino un atraco en toda regla a todos los
ciudadanos y ciudadanas.
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