Cambio de entidad médica 2020: Periodo ordinario del 1 al 31 de enero
A partir del 1 de enero de 2020 va a poder realizar en la SEDE ELECTRÓNICA de MUGEJU https://sedemugeju.gob.es/tramites-electronicos de forma completa y directa el CAMBIO ORDINARIO ENTRE ENTIDADES MÉDICAS PRIVADAS sin necesidad de remitirnos la solicitud.
Al finalizar el trámite se le va a generar automáticamente el documento de acreditación de alta en el que constará la nueva entidad médica a la que se ha adscrito.
Con esta acreditación podrá hacer uso (hasta que la nueva entidad le remita la tarjeta sanitaria a su domicilio) de los servicios médicos de la entidad médica por la que haya optado a partir del 1 de febrero del año en curso.
CAMBIO ORDINARIO: Los mutualistas y las mutualistas pueden realizar un cambio ordinario de entidad médica todos los años, durante el mes de enero, POR UNA SOLA VEZ.
PLAZO DE PRESENTACIÓN: Del 1 al 31 de enero de cada año.
FORMAS DE PRESENTACIÓN:
ON LINE: Para la realización de este trámite online deberá estar dado de alta como mutualista de la Mutualidad General Judicial. La identificación se hará a través del sistema Cl@ve para lo cual deberá estar dado de alta en dicha plataforma o bien disponer de dni-electrónico o de uno de los certificados digitales admitidos por la sede electrónica. Consulte los requisitos técnicos de acceso a los trámites online.
PRESENCIAL: en los Servicios Centrales y Delegaciones provinciales de Mugeju, así como en cualquiera de los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
FECHA DE EFECTOS: El cambio ordinario de entidad médica surte efectos a partir del día 1 de febrero del año en curso.
MODELO DE PRESENTACIÓN: Debe presentar el modelo de Solicitud de Cambio de Entidad Médica DEBIDAMENTE CUMPLIMENTADO Y FIRMADO, marcando la casilla de CAMBIO ORDINARIO.
Más información:
Iniciar trámite online para el cambio ordinario de entidad médica
Información sobre el cambio de entidad médica en la sede de la Mutualidad General Judicial
Vídeo del cambio de entidad médica: online en la sede de la Mutualidad General Judicial
Servicios Centrales: información, horarios y datos de contacto
Delegaciones Provinciales: información y datos de contacto
CAMBIO DE COMPAÑÍA ASEGURADORA ENCARGADA DE LA PÓLIZA COLECTIVA DE ASISTENCIA SANITARIA EN EL EXTRANJERO Y AMPLIACIÓN DEL LÍMITE DE COBERTURA DE LA PÓLIZA
CAMBIO DE COMPAÑÍA ASEGURADORA ENCARGADA DE LA PÓLIZA COLECTIVA DE ASISTENCIA SANITARIA EN EL EXTRANJERO Y AMPLIACIÓN DEL LÍMITE DE COBERTURA DE LA PÓLIZAA partir del 1 de enero de 2020 la empresa encargada de prestar asistencia sanitaria de urgencias en los desplazamientos temporales en el extranjero es SOS COMPAÑÍA DE REASEGUROS Y REASEGUROS.
INSTRUCCIONES EN CASO DE SINIESTRO:
El mutualista deberá contactar con la compañía por teléfono con llamada a cobro revertido, al teléfono 91.572.43.43 si llama desde España o al 34.91.572.43.43 si llama desde el extranjero, debiendo indicar:
* Nombre y apellidos.
* Número de póliza : 42546
* Dirección y número de teléfono de donde se encuentra.
* Descripción del problema que tiene planteado.
Alternativamente, el mutualista podrá solicitar el reembolso de los gastos dirigiéndose por escrito a SOS SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. c/ Ribera del Loira, 4-6, 28042 MADRID, aportando los siguientes documentos:
* Originales de las facturas o comprobantes de los gastos reclamados.
* Informe médico en el que se haga constar el diagnóstico de la enfermedad y en su caso la necesidad de ser repatriado.
* Certificado de defunción y documentación que acredite el grado de parentesco con el finado para los casos de repatriación por fallecimiento de u familiar.
2. A partir del 1 de enero de 2020 la póliza de asistencia sanitaria para desplazamientos temporales en el extranjero INCREMENTA DE COBERTURA HASTA UN LÍMITE DE 30.000 EUROS POR DESPLAZAMIENTO. Imprimir artículo