En el BOE de 8 de octubre se ha publicado:
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
Funcionarios del Subgrupo C1
Acuerdo de 3 de octubre de 2019, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo (dos) en los órganos técnicos del Consejo.PDF (BOE-A-2019-14342 - 9 págs. - 268 KB) Otros formatos
"Podrán tomar parte en el presente concurso los funcionarios de carrera de las Administraciones Públicas pertenecientes o integrados en Cuerpos o Escalas clasificados en el subgrupo «C1» a que se refiere el artículo 76 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y los funcionarios de carrera pertenecientes a los Cuerpos o Escalas de Gestión Procesal y Administrativa y de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, de conformidad con el artículo 624 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, siempre que reúnan las condiciones generales exigidas para desempeñar el puesto de trabajo y los requisitos determinados en esta convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes"
Las solicitudes, debidamente cumplimentadas e impresas, se dirigirán a la Secretaría General del Consejo General del Poder Judicial y se presentarán, junto a la documentación que más adelante se indicará, en el Registro General del propio Consejo (Marqués de la Ensenada, número 8, 28071 Madrid) o en los Registros y oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en virtud de lo dispuesto en la disposición final séptima, disposición derogatoria única, apartado 2, último párrafo, y disposición adicional quinta de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dentro de los quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Solo serán válidas las solicitudes cumplimentadas a través de la página web indicada, no admitiéndose modelos auto editados o rellenados a mano." Imprimir artículo