A) CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL Acuerdo de 12 de mayo de 2016, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso de méritos para la provisión de puesto de trabajo en el Centro de Documentación Judicial.
Extracto de las bases:
Primera. Requisitos de participación.
1. Podrán tomar parte en el presente concurso los funcionarios/as de carrera de las administraciones públicas pertenecientes o integrados en cuerpos o escalas clasificados en el subgrupo «C2» a que se refiere el artículo 76 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y los/as funcionarios/as de carrera pertenecientes a los cuerpos o escalas de Tramitación Procesal y Administrativa y de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, de conformidad con el artículo 624 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, siempre que reúnan las condiciones generales exigidas al puesto de trabajo y los requisitos determinados en esta convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes
Tercera. Modelos, plazos y condiciones de presentación de solicitudes y documentación justificativa.
Tercera. Modelos, plazos y condiciones de presentación de solicitudes y documentación justificativa.
1. Las solicitudes para tomar parte en el concurso se ajustarán al modelo que está disponible en la página http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Servicios/Empleo-Publico/Convocatorias-en-curso/ y debidamente cumplimentadas e impresas, se dirigirán al Excmo. Sr. Secretario General del Consejo General del Poder Judicial y se presentarán, junto a la documentación que más adelante se indicará, en el Registro General del propio Consejo (Marqués de la Ensenada número 8, 28071 Madrid) o en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro de los quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Sólo serán válidas las solicitudes cumplimentadas a través de la página web indicada, no admitiéndose modelos auto editados o rellenados a mano.
B) CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL Acuerdo de 19 de mayo de 2016, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso de méritos para la provisión de puesto de trabajo en la Escuela Judicial.
Extracto de las bases:
Primera. Requisitos de participación.
1. Podrán tomar parte en el presente concurso los/as funcionarios/as pertenecientes a las Agrupaciones profesionales a que se refiere la disposición transitoria tercera del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (anterior grupo E del artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto) o a los Cuerpos o Escalas de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, de conformidad con el artículo 624 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, siempre que reúnan las condiciones generales exigidas al puesto de trabajo y los requisitos determinados en esta convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes
Tercera. Modelos, plazos y condiciones de presentación de solicitudes y documentación justificativa.
Tercera. Modelos, plazos y condiciones de presentación de solicitudes y documentación justificativa.
1. Las solicitudes para tomar parte en el concurso se ajustarán al modelo que está disponible en la página http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Servicios/Empleo-Publico/Convocatorias-en-curso/ y debidamente cumplimentadas e impresas, se dirigirán al Excmo. Sr. Secretario General del Consejo General del Poder Judicial y se presentarán, junto a la documentación que más adelante se indicará, en el Registro General del propio Consejo (Marqués de la Ensenada, número 8, 28071 Madrid) o en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro de los quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Sólo serán válidas las solicitudes cumplimentadas a través de la página web indicada, no admitiéndose modelos auto editados o rellenados a mano.
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