noviembre 2014
¡¡¡¡DECIDE TU FUTURO: QUE NO DECIDAN POR TI!!!!
CCOO SOMETERÁ A REFERÉNDUM EL
ACUERDO ALCANZADO POR CSIF, USO y STAJ
CON LA CONSEJERIA DE JUSTICIA SOBRE
IMPLANTACIÓN DE OFICINA JUDICIAL Y
FISCAL EN ANDALUCÍA
En la mesa sectorial celebrada el 25 de noviembre, la Consejería de Justicia e Interior de
la Junta de Andalucía ha planteado un ACUERDO sobre principios inspiradores de la Oficina
Judicial y Fiscal, siendo aceptado dicho acuerdo por CSIF, USO y STAJ y rechazado por UGT.
Desde CCOO hemos planteado que el contenido de dicho Acuerdo lo vamos a someter a
referéndum entre los trabajadores, dada la importancia del tema que afecta a TODOS LOS
TRABAJADORES DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA Y QUE CONDICIONA NUESTRO
FUTURO PROFESIONAL y dado que contiene tanto aspectos positivos como elementos muy
negativos.
Y en base al resultado de la consulta que haremos entre todos los trabajadores, CCOO se
adherirá a dicho acuerdo o lo rechazará.
De manera resumida, os adjuntamos tabla con los aspectos a destacar del acuerdo, tanto
los positivos como los negativos:
ASPECTOS POSITIVOS ASPECTOS NEGATIVOS
Se garantizan las retribuciones No se estudian las cargas de trabajo y, por
tanto, las necesidades de plantilla
Se garantizan las guardias No se garantiza la consolidación de los
refuerzos ni habrá incremento de plantilla
No se reducirá la plantilla en las localidades Se PROHIBE la adscripción a secciones en
donde se implante la NOJyF poblaciones de nivel 3 (todas las localidades
con Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción) y
en las Fiscalías.
Habrá adscripción al conjunto de UPADs de No habrá adscripción a una UPAD concreta
una jurisdicción concreta (por ejemplo: J.Inst) (por ejemplo: no se estará adscrito a la UPAD
nº1 de Instrucción) con la consiguiente movilidad o obligatoria a otras UPADs de la misma jurisdicción
La formación sobre NOJyF será en horario laboral No se garantiza la adscripción a equipos en
las poblaciones de nivel 1 y 2 (localidades
con jurisdicción separada y capitales de
provincia)
Habrá puestos genéricos, diferenciados y Consolida el poder discrecional del secretario
singularizados que podrán implicar mayores del Servicio Común Procesal y, por tanto, la
retribuciones a los que se accederá por movilidad dentro del mismo
concurso de traslado, concurso de méritos o
por libre designación
Imprimir artículo