CCOO DENUNCIA QUE EL MINISTRO GALLARDÓN MODIFICA LA ORDEN DE DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS PARA ELUDIR LAS NORMAS SOBRE ADJUDICACIÓN DE CONTRATOS PÚBLICOS
ASÍ EL DIRECTOR GENERAL DE LOS REGISTROS Y DEL NOTARIADO –A LA SAZÓN REGISTRADOR MERCANTIL- PODRÁ ELEGIR LA EMPRESA A LA QUE SE ADJUDICARÁ EL CONTRATO PARA CREAR EL SISTEMA INFORMÁTICO NECESARIO PARA LA GESTIÓN INTEGRADA Y COMPLETA DEL REGISTRO CIVIL
CCOO ya denunció la desfachatez del Sr. Gallardón, ministro de
(in)justicia, y el Gobierno al que
pertenece que, en una alarde de desprecio al Parlamento y al debate
parlamentario, aprobó el Real Decreto
Ley 8/2014 mediante el cual se avanza,
entre otras escandalosas medidas, en la privatización de los servicios
públicos, entre ellos el Registro Civil cuya llevanza se encomienda a los
registradores mercantiles.
El citado Real Decreto, en las
distintas disposiciones adicionales referidas a la privatización del Registro
Civil, establece las normas para la
efectividad de esta privatización decretando que todas las Oficinas del
Registro Civil, incluidas las Consulares, utilizarán un único sistema
informático y una misma aplicación.
Así
en la Disposición Adicional vigesimotercera se establece que “(...)2. La contratación que tenga por objeto la
creación, mantenimiento, posterior gestión y seguridad del sistema informático
único y de la aplicación de llevanza en formato electrónico del Registro Civil
y su red de comunicaciones se realizará por la Corporación de Derecho
Público que se crea por esta disposición (…).No obstante, la
Dirección General
de los Registros y del Notariado encomendará
a la empresa pública Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España, S.A.» u otro medio propio o unidad
administrativa que determine el Ministerio de Justicia:
a)El inicio del expediente y la elaboración de los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas que hayan de regir los referidos contratos.
b) Seleccionar los contratistas y adjudicar los contratos”
a)El inicio del expediente y la elaboración de los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas que hayan de regir los referidos contratos.
b) Seleccionar los contratistas y adjudicar los contratos”
Pero la Orden JUS /2225/2012, de
5 de octubre, sobre delegación de competencias no preveía esta posibilidad, y es aquí dónde entre en juego el descaro del ministro, pues el Sr. Gallardón, sin
ningún ni pudor, firma una reforma de esta Orden el 31 de julio que se publica
en el BOE el día 2 de agosto (Orden JUS/1449/2014, de 31 de julio), de tal
manera que el Director General de los Registros y del Notariado, registrador
mercantil en Zaragoza, es ahora competente –por delegación– para adjudicar o
decidir a quién adjudica cualquier contrato de asistencia técnica en la
ejecución de cualquier aspecto de la modernización tecnológica del Registro
Civil y de los demás registros (Mercantil y de la Propiedad ).
¡¡Que necesidad hay de pasar por en el engorro de
someterse a las normas sobre contratos del Estado publicando un concurso público
si entre ellos pueden apañarlo!!
Para CCOO
esto es claramente un trato de favor hacia alguien que además tiene intereses
corporativos en dicha contratación.