CCOO exige al Ministro de Justicia una respuesta rápida y
contundente de abandono absoluto del proyecto de reforma integral de los
Registros y le instamos a consensuar una modificación de la Ley de Registro Civil 20/2011 para que éste
permanezca como un servicio público de la Administración de
Justicia y servido por personal de la Administración de
Justicia
LA PROPUESTA DE CCOO SE BASA, EN
RESUMEN, EN LAS SIGUIENTES PREMISAS:
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A poco
más de siete meses para la entrada en vigor de la nueva Ley del Registro Civil
20/2011, en julio de 2014, y sin una decisión firme del Ministro Gallardón
sobre la privatización del Registro Civil para dejarlo en manos de
Registradores de la
Propiedad y de los Notarios, ante la negativa de los
Registradores de la
Propiedad a asumir la llevanza del Registro Civil, cuya
propuesta ha recibido el rechazo prácticamente unánime de los operadores
jurídicos, asociaciones profesionales, CCOO y otras organizaciones sindicales y de la ciudadanía en general, CCOO exige al Ministro
de Justicia un pronunciamiento rápido, claro y contundente por el que abandone
totalmente ese proyecto para poder concentrar todos nuestros esfuerzos en
consensuar una modificación de la
Ley 20/2011 que contemple que el Registro Civil siga siendo
un servicio público prestado por personal funcionario de la
Administración de Justicia, gratuito y cercano a la
ciudadanía, independiente de otros registros
públicos, y como presupuestos de base:
§
El mantenimiento de todos los puestos de trabajo de los
distintos Cuerpos (Secretarios Judiciales, Gestión Procesal y
Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial) que
hoy prestan servicio en los Registros civiles, incluidos los Juzgados con
funciones de Registro Civil y Secretarías de Juzgados de Paz.
§
Las Oficinas de Registro Civil seguirían siendo destino
del personal funcionario
que presta servicios en la
Administración de Justicia como hasta ahora.
§
CCOO propone que el Encargado del Registro Civil
sea un funcionario/a del Cuerpo de Secretarios Judiciales o del
Cuerpo de Gestión Procesal.
§
CCOO rechaza que los Notarios puedan tramitar los
expedientes de matrimonio civil.
Para CCOO
el sistema registral actual requiere de algunas reformas puntuales, seguir con su proceso
de informatización y digitalización que permita el acceso a cualquier
inscripción desde cualquier registro civil,
y una mejor dotación de medios personales, materiales e informáticos,
para mejorar el funcionamiento del servicio registral que se debe prestar a
la ciudadanía. Para ello no es preciso una nueva Ley de Registro Civil, sino
reformas puntuales de la legislación vigente.
CCOO reitera su propuesta sobre Registro Civil que ya presentó en mesa de
negociación con el Ministerio hace ya casi un año (el 29 de enero de 2013) e
insta al Ministerio de Justicia a negociar la modificación de la Ley 20/2011, ley que
recordemos se aprobó con una amplia mayoría parlamentaria, incluidos los
diputados del PP.
1.-
Mantenimiento de los Registros Civiles dentro de la Administración de
Justicia
CCOO considera que es perfectamente compatible con los objetivos establecidos
en dicha Ley el mantenimiento de los Registros Civiles como un servicio público más dentro del ámbito de la Administración de
Justicia. Resultaría un contrasentido que el Registro
Civil sea un registro público dependiente del Ministerio de Justicia y que
éste, teniendo personal cualificados para ello, optase por atribuir su
llevanza a personal de la Administración del
Estado o de las Comunidades Autónomas al que tendría que formar.
2.- Atribución
del carácter de Encargado del Registro Civil a un funcionario o funcionaria perteneciente al Cuerpo de Secretarios
Judiciales o al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa.
3.- Régimen jurídico
aplicable a los Encargados y al personal funcionario de los Registros Civiles.
CCOO considera que los Secretarios Judiciales y el personal
funcionario de los Cuerpos Generales al servicio de la Administración de
Justicia que presten sus servicios en los Registros Civiles deben permanecer en
servicio activo, dependiendo todos del Ministerio de Justicia o Comunidades
Autónomas con competencias ejecutivas, en su caso.
4.- Mantenimiento de la
organización registral territorial similar a la actual.
CCOO entiende que se debe mantener una Oficina
General de Registro Civil por partido judicial, como en la actualidad. La
organización territorial se completaría con Oficinas Delegadas, que habría en
aquellos partidos judiciales que no fueran sede de Oficinas Generales, en las
Agrupaciones de Secretarías de Juzgados de Paz y en los Juzgados de Paz
servidos por personal funcionario de la Administración de
Justicia. De esta forma el servicio sería próximo a la ciudadanía, quedaría
debidamente cubierto todo el territorio nacional y se podrían mantener o
incluso ampliar los puestos de trabajo hoy cubiertos por personal funcionario de
la Administración
de Justicia.
5.- Mantenimiento
de la exclusividad del Registro Civil para la tramitación de expedientes.
El Registro Civil
debe ser el único competente para la tramitación y resolución de los
expedientes de Registro civil, con la única excepción en cuanto a la resolución
de aquellos expedientes que sean competencia del Ministerio de Justicia. CCOO
rechaza que los Notarios o los Registradores de la Propiedad asuman
funciones en la tramitación o resolución de dichos expedientes, ajenos por
completo a su actividad ordinaria.
6.- Mantenimiento de la
competencia para tramitar los expedientes de matrimonio civil y los expedientes
de nacionalidad.
Se debe residenciar
en el Registro Civil en exclusiva la tramitación de dichos expedientes. A
nuestro juicio la especificidad de la materia registral precisa y demanda de la
objetividad, imparcialidad, independencia y especialización de quien tenga
competencia sobre ella, como mejor garantía de los principios de legalidad y de
la seguridad jurídica y probatoria de los asientos registrales. CCOO se
muestra contrario a que se atribuya a los Notarios la tramitación de los
expedientes matrimoniales (luego podrían ser otros expedientes) y a otros
órganos de la
Administración Central los expedientes de nacionalidad.