CCOO exige a Gallardón el abandono del proyecto de reforma integral de los Registros y le insta a consensuar una reforma para que éste permanezca como un servicio público de la Admón. de Justicia


2 dic 2013


Ante la inminente entrada en vigor de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.

CCOO exige al Ministro de Justicia una respuesta rápida y contundente de abandono absoluto del proyecto de reforma integral de los Registros y le instamos a consensuar una modificación de la Ley de Registro Civil 20/2011 para que éste permanezca como un servicio público de la Administración de Justicia y servido por personal de la Administración de Justicia 

A poco más de siete meses para la entrada en vigor de la nueva Ley del Registro Civil 20/2011, en julio de 2014, y sin una decisión firme del Ministro Gallardón sobre la privatización del Registro Civil para dejarlo en manos de Registradores de la Propiedad y de los Notarios, ante la negativa de los Registradores de la Propiedad a asumir la llevanza del Registro Civil, cuya propuesta ha recibido el rechazo prácticamente unánime de los operadores jurídicos, asociaciones profesionales, CCOO y otras organizaciones sindicales y de la ciudadanía en general, CCOO exige al Ministro de Justicia un pronunciamiento rápido, claro y contundente por el que abandone totalmente ese proyecto para poder concentrar todos nuestros esfuerzos en consensuar una modificación de la Ley 20/2011 que contemple que el Registro Civil siga siendo un servicio público prestado por personal funcionario de la Administración de Justicia, gratuito y cercano a la ciudadanía, independiente de otros registros públicos, y como presupuestos de base:

§   El mantenimiento de todos los puestos de trabajo de los distintos Cuerpos (Secretarios Judiciales, Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial) que hoy prestan servicio en los Registros civiles, incluidos los Juzgados con funciones de Registro Civil y Secretarías de Juzgados de Paz.

§   Las Oficinas de Registro Civil seguirían siendo destino del personal funcionario que presta servicios en la Administración de Justicia como hasta ahora.

§   CCOO propone que el Encargado del Registro Civil sea un funcionario/a del Cuerpo de Secretarios Judiciales  o del Cuerpo de Gestión Procesal.

§   CCOO rechaza que los Notarios puedan tramitar los expedientes de matrimonio civil.

Para CCOO el sistema registral actual requiere de algunas reformas puntuales, seguir con su proceso de informatización y digitalización que permita el acceso a cualquier inscripción desde cualquier registro civil,  y una mejor dotación de medios personales, materiales e informáticos, para mejorar el funcionamiento del servicio registral que se debe prestar a la ciudadanía. Para ello no es preciso una nueva Ley de Registro Civil, sino reformas puntuales de la legislación vigente.

CCOO reitera su propuesta sobre Registro Civil que ya presentó en mesa de negociación con el Ministerio hace ya casi un año (el 29 de enero de 2013) e insta al Ministerio de Justicia a negociar la modificación de la Ley 20/2011, ley que recordemos se aprobó con una amplia mayoría parlamentaria, incluidos los diputados del PP.



LA PROPUESTA DE CCOO SE BASA, EN RESUMEN, EN LAS SIGUIENTES PREMISAS:


1.- Mantenimiento de los Registros Civiles dentro de la Administración de Justicia

CCOO considera que es perfectamente compatible con los objetivos establecidos en dicha Ley el mantenimiento de los Registros Civiles como un servicio público más dentro del ámbito de la Administración de Justicia. Resultaría un contrasentido que el Registro Civil sea un registro público dependiente del Ministerio de Justicia y que éste, teniendo personal cualificados para ello, optase por atribuir su llevanza a personal de la Administración del Estado o de las Comunidades Autónomas al que tendría que formar.

2.- Atribución del carácter de Encargado del Registro Civil a un funcionario o funcionaria  perteneciente al Cuerpo de Secretarios Judiciales o al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa.   

3.- Régimen jurídico aplicable a los Encargados y al personal funcionario de los Registros Civiles.

CCOO considera que los Secretarios Judiciales y el personal funcionario de los Cuerpos Generales al servicio de la Administración de Justicia que presten sus servicios en los Registros Civiles deben permanecer en servicio activo, dependiendo todos del Ministerio de Justicia o Comunidades Autónomas con competencias ejecutivas, en su caso.

4.- Mantenimiento de la organización registral territorial similar a la actual.

CCOO entiende que se debe mantener una Oficina General de Registro Civil por partido judicial, como en la actualidad. La organización territorial se completaría con Oficinas Delegadas, que habría en aquellos partidos judiciales que no fueran sede de Oficinas Generales, en las Agrupaciones de Secretarías de Juzgados de Paz y en los Juzgados de Paz servidos por personal funcionario de la Administración de Justicia. De esta forma el servicio sería próximo a la ciudadanía, quedaría debidamente cubierto todo el territorio nacional y se podrían mantener o incluso ampliar los puestos de trabajo hoy cubiertos por personal funcionario de la Administración de Justicia.

5.- Mantenimiento de la exclusividad del Registro Civil para la tramitación de expedientes.

El Registro Civil debe ser el único competente para la tramitación y resolución de los expedientes de Registro civil, con la única excepción en cuanto a la resolución de aquellos expedientes que sean competencia del Ministerio de Justicia. CCOO rechaza que los Notarios o los Registradores de la Propiedad asuman funciones en la tramitación o resolución de dichos expedientes, ajenos por completo a su actividad ordinaria.

6.- Mantenimiento de la competencia para tramitar los expedientes de matrimonio civil y los expedientes de nacionalidad.

Se debe residenciar en el Registro Civil en exclusiva la tramitación de dichos expedientes. A nuestro juicio la especificidad de la materia registral precisa y demanda de la objetividad, imparcialidad, independencia y especialización de quien tenga competencia sobre ella, como mejor garantía de los principios de legalidad y de la seguridad jurídica y probatoria de los asientos registrales. CCOO se muestra contrario a que se atribuya a los Notarios la tramitación de los expedientes matrimoniales (luego podrían ser otros expedientes) y a otros órganos de la Administración Central los expedientes de nacionalidad. 
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