El Ministerio de Justicia, ha procedido a la recepción y presentación de los textos elaborados por las Comisiones institucionales creadas por Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 2012, para la elaboración de propuestas de textos articulados de Ley Orgánica del Poder Judicial y de Ley de Enjuiciamiento Criminal.
DE PROSPERAR ESTOS
PROYECTOS, SOLO SE MANTENDRÁN ÓRGANOS JUDICIALES (LOS TRIBUNALES DE INSTANCIA)
EN LAS CAPITALES DE PROVINCIA, DESAPARECERÁN LOS JUZGADOS DE PAZ, LOS DE
INSTRUCCIÓN, PRIMERA INSTANCIA Y MIXTOS Y LAS AUDIENCIAS PROVINCIALES
EL MINISTERIO FISCAL SERÁ
EL ENCARGADO DE LA
INSTRUCCIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS POR DELITO
LOS PROCURADORES PODRÁN
REALIZAR LOS ACTOS DE COMUNICACIÓN Y LAS DILIGENCIAS DE EJECUCIÓN
Madrid, 4 de Marzo de
2013
El pasado año, el CGPJ, propuso al Ministerio de Justicia la
supresión de un elevadísimo número de partidos judiciales reunificando los
actualmente existentes. Ya entonces, desde CCOO hicimos pública nuestra oposición a dicha
propuesta por entender que la misma suponía un alejamiento de la Administración de
Justicia de los ciudadanos. Esta oposición fue secundada a instancia de CCOO por
un sinfín de municipios españoles y por varias asambleas de distintas
Comunidades Autónomas.
La nueva organización que ahora se propone por las
“comisiones de expertos” ahondan en el problema que entonces denunciamos y pone
a CCOO
sobre aviso del evidente peligro que está profunda transformación de la Administración Justicia
puede causar en forma de destrucción de
puestos de trabajo, traslado multitudinario de personal afectado por la supresión
de las sedes judiciales de los Juzgados de Paz y de los Juzgados radicados
fuera de las capitales de provincia y modificaciones también retributivas
derivadas de la supresión o reducción de los Juzgados de Guardia tal y como
ahora los conocemos.
Ante este nuevo proyecto
organizativo para CCOO sigue siendo prioritario que éste no
suponga en ningún caso la eliminación de puestos de trabajo, a la vez que
incidiremos en que no se produzcan traslados forzosos, especialmente con cambio
de residencia y que ninguna retribución se vea mermada por la implantación del
nuevo modelo.
Las reformas que
más nos afectan y que están recogidas en estas propuestas son:
- La desaparición de los Juzgados de Paz, de todos los Partidos Judiciales y de las Audiencias Provinciales.
- Se potencia la función pública de los Procuradores para que realicen actos de comunicación y de ejecución bajo la dirección de los Secretarios.
- La creación para la primera instancia en todos los órdenes jurisdiccionales de los Tribunales de Instancia, de ámbito provincial (salvo en Madrid y Barcelona que podrán tener ámbito inferior al provincial).
- La organización judicial del estado quedaría establecida con el Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional, los Tribunales Superiores de Justicia y los Tribunales de Instancia.
- La atribución de la dirección de la investigación penal al Ministerio Fiscal.
Otros aspectos contenidos en el proyecto que afectan a nuestras condiciones de trabajo son:
Para la implantación de los Tribunales de Instancia el documento plantea que “la Ley de Demarcación y Planta deberá establecer un período transitorio razonable, que permita una adaptación poco traumática al nuevo modelo organizativo”.
- La eliminación del mes de Agosto como mes inhábil para las actuaciones judiciales.
- Los Secretarios Judiciales cambian de nombre y pasan a denominarse Letrados al servicio de la Admón. de Justicia.
- Como dato curioso, permanecen el Registro Civil Central y los Registros Civiles Exclusivos como centros de destino de los funcionarios de justicia.
Según la propuesta, el Tribunal de Instancia constará de cuatro Salas, una por cada orden jurisdiccional. Dentro de cada Sala habrá “unidades judiciales” y “secciones”, dependiendo de que el asunto sea atribuido por las leyes procesales a un juez unipersonal o a un colegio de jueces. Las Salas asumirán todas las funciones que actualmente desempeñan todos los Juzgados de la provincia y las Audiencias Provinciales en primera instancia (o del ámbito territorial que corresponda en Madrid y Barcelona).
En los Tribunales Superiores de Justicia habrá también cuatro salas, una por cada orden jurisdiccional. Serán el órgano ordinario de segunda instancia para todos los procedimientos, asumiendo los recursos que ahora tramitan las Audiencias Provinciales.
El Código Procesal Penal sustituirá a las vigentes leyes de Enjuiciamiento Criminal, del Jurado y del Procedimiento de Habeas Corpus.
El Fiscal asumiría las actuales funciones de los Jueces de Instrucción en cuanto a la investigación de los delitos. Ello obligaría, con el esquema organizativo a que se refiere la nueva LOPJ, a la creación dentro de las Salas Penales de los Tribunales de Instancia de unidades o secciones de garantías, para la adopción de medidas cautelares o para acordar diligencias de investigación (o para ratificar las acordadas por los fiscales) que pudieran afectar a derechos fundamentales (por ejemplo, prisión provisional o intervención telefónica).
Esta nuevas atribuciones
de las fiscalías conllevarían un traslado multitudinario de funcionarios (de
los juzgados de instrucción a las fiscalías) que se sumaría al provocado por la
desaparición de los juzgados de paz y de primera instancia, instrucción o
mixtos. Tendría además incidencia en la realización de las guardias y en las
retribuciones por este concepto.
CON EL APOYO DE TODOS/AS, COMISIONES OBRERAS IMPEDIRÁ
QUE LAS MODIFICACIONES ORGANIZATIVAS PUEDAN INFLUIR NEGATIVAMENTE EN NUESTRAS
CONDICIONES DE TRABAJO Y EN EL EMPLEO PÚBLICO
BASTA
DE RECORTES
¡¡¡MOVILÍZATE
CON CCOO!!!