§ Se suspenden las ayudas por
préstamos hipotecarios, podología básica y termalismo social para mayores con
efectos 1 de agosto de 2012.
§ El Gobierno planea suspender
para el año 2013 el subsidio por jubilación y la ayuda por sepelios.
§
El medicamentazo supondrá incremento de la aportación a pagar por el
mutualista en productos ortoprotésicos y dietéticos y en transporte sanitario
no urgente, así como el pago del 100 % de muchos medicamentos.
Resumen de la Comisión Permanente de la Mutualidad General Judicial celebrada el 13 de julio
Las
continuos recortes adoptados por el Gobierno del PP tanto a través del Real
Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, conocido como “el medicamentazo”, como en la Ley de Presupuestos Generales
del Estado y otras disposiciones, afectan directamente tanto a los
mutualistas de la Mugeju
como “consumidores” de medicamentos y otros productos sanitarios como a la
viabilidad presupuestaria de la
Mugeju, y va a tener como consecuencia a corto plazo tanto
el incremento de la aportación que hace el Mutualista a determinados productos
farmacéuticos y sanitarios como la suspensión (esperemos que temporal) de
determinadas ayudas y prestaciones de la Mutualidad.
Esta fue, sin duda, la
conclusión más clara que se extrae de la Comisión Permanente
de la Mutualidad
General Judicial celebrada el pasado 13 de julio, reafirmada
tras la Resolución
de la Gerencia
de la Mutualidad
de 17 de julio de 2012, por la que se acuerda la suspensión de determinadas
ayudas sociales, y que fue notificada en el día de ayer.
Estas son las medidas y
recortes, de momento previstos, y que van a afectar a los Mutualistas:
Ø Con
efectos 1 de agosto de 2012 se suspenden “sine die” las ayudas por préstamos
hipotecarios, podología básica y termalismo para mayores. Las
ayudas cuya solicitud tengan entrada en la Mugeju antes del 31 de julio se tramitarán
conforme a sus normas reguladoras. La Gerencia justifica esta medida en la necesidad de
garantizar todas
aquellas prestaciones que resultan esenciales por afectar a situaciones de
especial necesidad de los Mutualistas.
Ø
El
Gobierno ha propuesto a la
Mugeju suspender durante el año 2013, en la Ley de Presupuestos Generales
del Estado para dicho año, el reconocimiento y abono del subsidio por jubilación
(sólo lo perciben los jubilados forzosos y los jubilados por incapacidad, al
llegar a la edad de jubilación forzosa, y no los jubilados voluntarios porque
el nuevo Reglamento del Mutualismo Judicial suprimió el subsidio para estos
últimos, que habíamos logrado anteriormente por la propuesta de los
compromisarios de CCOO) y las ayudas por gastos de sepelio. La Mutualidad se va a
oponer a la suspensión de estas prestaciones, pero queda en manos del Gobierno
del PP introducir dicha suspensión en la
Ley de Presupuestos para el próximo año.
Ø
La Gerencia informó de la casi segura
modificación del subsidio por incapacidad temporal ante la reforma
de las retribuciones a percibir en caso de incapacidad temporal por parte de
los mutualistas. La
Comisión Permanente tuvo lugar antes de la publicación del
Real Decreto Ley 20/2012, que tras las correcciones de errores publicada en el
BOE de 19 de julio, establece el cobro
de dicho subsidio a partir del 181 día de baja.
Ø
En materia de medicamentos, el Real Decreto Ley
16/2012 mantiene el pago del 30 % del precio de los medicamentos a los mutualistas, tanto en activo como
jubilados. Ahora bien, dicho Real Decreto contiene otras medidas que sí que
supondrán pagos o copagos por parte de los mutualistas a determinados
medicamentos u otros productos sanitarios. Así, los mutualistas tendrán que
abonar a partir del 1 de agosto de 2012 el 100 % del precio de los 425 medicamentos que han quedado excluidos de la prestación farmacéutica
del Sistema Nacional de Salud, de cuya
lista se ha dado publicidad en los medios de comunicación. Además, en
desarrollo de dicho Real Decreto Ley, está pendiente de aprobar los Decretos
y Ordenes Ministeriales relativos a la prestación ortoprotésica y
la prestación con productos dietéticos, que implicarán copago en el sistema nacional de
salud y por tanto también incremento de la aportación que hacen los mutualistas
por dichas prestaciones (se calcula unos 160 €/mes de incremento del pago en el
caso de los productos dietéticos). Por último, también está pendiente de
regulación el copago del transporte sanitario no urgente, que si bien
hoy día está recogido en el Concierto Sanitario con las entidades médicas
privadas afectará directamente a los mutualistas adscritos al INSS y a medio
plazo (el concierto vence el 31.12.2013) a los mutualistas adscritos a
entidades médicas privadas.
Los
representantes de CCOO en la Comisión Permanente solicitaron el mantenimiento
de todas las prestaciones,
en tanto en cuanto ninguna tiene carácter secundario para quien las disfruta, y
si el gobierno suspendiera alguna prestación argumentando “necesidades presupuestarias”, éstas no pueden ser de carácter
esencial, y debe tener previamente el informe y valoración por dicha Comisión
Permanente. En cuanto a los recortes que sean consecuencia directa de normas
aprobadas por el Gobierno de la
Nación, solicitamos información clara y puntual a todos los
mutualistas sobre cualquier disposición legal que pueda suponer modificación de
prestaciones o copago de productos o servicios sanitarios, tanto a través de la
página web de la Mutualidad
como a través de las Delegaciones Provinciales o la propia revista de la Mutualidad.
Sin
perjuicio de todo lo anterior, CCOO quiere mostrar su absoluta
disconformidad
con los recortes en las prestaciones de la Mutualidad, consecuencia directa de las
medidas adoptadas por el Gobierno de la Nación y del desmantelamiento que está haciendo
de la sanidad pública y el estado del bienestar. Más allá de la suspensión de
las ayudas y subsidios citados, el pago del 100 % de determinados medicamentos
y el copago de prótesis ortoprotésicas, productos dietéticos y transporte
sanitario no urgente supondrán un elevado incremento del gasto a muchos mutualistas;
si dicho incremento de gasto supone, al contrario, ahorro por parte de la Mutualidad por ser
quien hasta ahora cubría la totalidad o gran parte de estas prestaciones, la Mutualidad debería
estudiar la fórmula para poder compensar este exceso de gasto a los mutualistas
con menos recursos económicos sin que ello suponga modificación, suspensión o
supresión de ninguna otra prestación o ayuda.
Además
de todo lo anterior, CCOO reclamó en la comisión permanente el establecimiento
de un plan para sustituir los recetarios antiguos de recetas por los
establecidos en el Real Decreto 1718/2010, ya que los recetarios antiguos sólo
se pueden utilizar hasta el 23 de enero de 2013.