TRAS LA NUEVA REGULACIÓN DE EMBARGOS TELEMÁTICOS SE QUIERE IMPONER UN NUEVO ABUSO A LOS CUERPOS AUXILIARES


16 feb 2012




16.02.2012- Mediante la Circular 2/2011 de la Secretaría General Técnica, se ha modificado la aplicación informática de cuentas de Consignación de Depósitos Judiciales. La novedad consiste en permitir que el responsable de la cuenta, es decir el SECRETARIO JUDICIAL, pueda realizar telemáticamente, peticiones de embargo a la Agencia Tributaria y a las entidades Bancarias que tienen concierto en la plataforma del CGPJ (aún por ponerse en marcha).

En la aplicación informática, se habla de funcionarios de la administración de Justicia que tengan autorización de acceso a la misma, sin especificar de que cuerpos.Aunque para CCOO esa definición, supondrá la posibilidad, como ha ocurrido con otras bases de datos, de "delegar" los Secretarios su responsabilidad al resto de cuerpos, al menos gestión y tramitación.Para CCOO esa tramitación supone un acto propio del Secretario Judicial y por ello de su exclusiva ejecución, fundamentalmente primero porque no son funciones definidas en ninguna Relación de puestos de Trabajo, inexistente hasta ahora en nuestra administración, y también porque la propia Circular 2/2012 no lo recoge.CCOO insta a los posibles perjudicados a que soliciten la orden por escrito del Secretario Judicial para valorar su posible impugnación, en las condiciones establecidas para trabajadores en general y afiliados y afiliadas.Igualmente CCOO pedirá explicaciones a la Consejería, dado que en la Mesa Sectorial de Justicia los sindicatos no han sido informados de esta situación
Imprimir artículo